Ilegal la prisión preventiva por robo y abigeato en Aguascalientes: SCJN
Aguascalientes, Diciembre 09 (2019).-La Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó hoy en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes la invalidación de las fracciones XII y XIII del artículo 75 A del Código Penal de Aguascalientes, por inconstitucional, con ello, se elimina la prisión preventiva oficiosa en los casos de robo y abigeato.
Esta resolución de fecha 4 de julio de 2019 -seguramente notificada desde entonces- establece que los diputados locales no tienen facultades para legislar en materia de procedimientos penales, función exclusiva para el Congreso de la Unión desde el 9 de octubre de 2013.
Los magistrados de la Suprema Corte se fueron contra los diputados del Congreso de Aguascalientes, por exceder sus facultades legislativas, pues con estos cambios al Código Penal para el Estado de Aguascalientes, se violan derechos fundamentales tales como: libertad personal, libertad de libre tránsito y el derecho al debido proceso.
De esta forma, las personas que hayan sido detenidas como consecuencia de hechos que encuadren en delitos de robo y abigeato, deberán de ser puestos en libertad y aquellos sentenciados y que estén compurgando penas por estos delitos a raíz de los cambios al referido código, tendrán que obtener su libertad de inmediato.
Las reformas al Código Penal establecidas en julio de 2018 y que motivaron acciones de inconstitucionalidad de parte de la Procuraduría General de la República -hoy FGR- y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos versan sobre los delitos de Robo Calificado y Abigeato Calificado, que desde el 4 de julio de este año, fueron invalidados.
Información: Noticen